De acuerdo con lo dispuesto en la Ley 17/2009, de 23 de noviembre, sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio, y en la Ley 2/1974, de 13 de febrero, de Colegios Profesionales (tal y como establece el artículo 5 de la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas leyes para su adaptación a la Ley de libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio) el Colegio Oficial de Ingenieros de Minas del Sur pone en funcionamiento la presente Ventanilla Única para el acceso telemático a todos los trámites y gestiones para el ejercicio de la profesión de Ingeniero de Minas.